De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, el término “árido” es un adjetivo que significa “seco, estéril; de poco jugo y humedad”; sin embargo, tiene también carácter substantivo, cuyo significado lo encontramos en el área de la construcción. Usando la terminología técnica, “árido es el material pétreo, inerte con relación al aglomerante, que se emplea en la confección de morteros y hormigones y que se clasifica en arenas y gravas”. Figueroa Salas, Raúl Revista de Derecho Administrativo Económico; Núm. 4 (2000): Julio- Diciembre; 357-383 Programa de Derecho Administrativo Económico de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile 2020-01-13 Artículo Extracción de áridos application/pdf spa Régimen legal de la extracción de los áridos en ChileDocumento
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